NACIÓN IMPLEMENTÓ CAMBIOS PARA LOS SUBSIDIOS AL CONSUMO DE ENERGÍA
Autoridades de las instituciones que nuclean a las cooperativas eléctricas y de servicios emitieron un comunicado conjunto a partir de una serie de cambios dispuestos por la Secretaría de Energía de la Nación, que determinó una serie de cambios en lo referido a los subsidios que recibirán los usuarios Residenciales N2 y N3, y que se verán reflejados a partir de los consumos registrados desde el 1 de junio.
Límites de Consumo con Subsidios – Consumo excedente a tarifa residencial.
A partir de la publicación de la mencionada resolución, el Estado nacional modificó las condiciones del subsidio a la generación y transporte nacional, para los Residenciales N2, estableciendo un límite al subsidio, en base al consumo de la energía y para los usuarios Residenciales N3, les reduce los límites vigentes. De esta manera, a partir de los consumos del 1 de junio las condiciones al acceso al subsidio son las siguientes:
RESIDENCIAL N2: Este segmento de usuarios residenciales, hasta el consumo de 350 kWh mes, pagará la tarifa Residencial N2, con subsidio. Por el excedente de dicho consumo, se aplicará la tarifa Residencial N1.
RESIDENCIAL N3: Este segmento de usuarios residenciales, hasta el consumo de 250 kWh mes, pagará la tarifa Residencial N3, con subsidio. Por el excedente de dicho consumo, se aplicará la tarifa Residencial N1.
Limites de consumos con subsidio – Consumo excedente a Tarifa Residencial N1 – Periodo Invierno (1 de junio a 31 de agosto) Zonas Frías sin gas natural por redes.
Por el período comprendido entre los meses de junio a agosto, inclusive, para los usuarios Residenciales N2 y N3, cuyos suministros se encuentren ubicados dentro de la zona fría, comprendidos en alguno de los siguientes departamentos, y cuyos hogares no cuenten con el servicio de gas natural por redes, se incrementan los límites de consumo para el acceso al subsidio a la generación y transporte nacional, siendo los siguientes:
RESIDENCIAL N2: Este segmento de usuarios residenciales, hasta el consumo de 700 kWh mes, pagará la tarifa Residencial N2, con subsidio. Por el excedente de dicho consumo, se aplicará la tarifa Residencial N1.
RESIDENCIAL N3: Este segmento de usuarios residenciales, hasta el consumo de 500 kWh mes, pagará la tarifa Residencial N3, con subsidio. Por el excedente de dicho consumo, se aplicará la tarifa Residencial N1.
Los Departamentos incluidos en la resolución son: Calamuchita, Marcos Juárez, San Javier, General Roca, Pte. Roque Sáenz Peña, Santa María, General San Martín, Río Cuarto, Tercero Arriba, Juárez Celman, Río Segundo y Unión
Nuevos valores de los subsidios a residenciales N2 y N3
A partir del 1 de junio, los usuarios Residenciales N2 y N3, en términos de subsidios a la generación y al transporte nacional los valores a subsidiar serán los siguientes:
RESIDENCIAL N2: Los consumos base (350 o 700 kWh, según el caso) de los Residenciales N2 tendrán una bonificación del 71,92% sobre el precio definido para el Segmento N1. Por el consumo excedente se aplicará el valor definido para el Residencial N1.
RESIDENCIAL N3: Los consumos base (250 o 500 kWh, según el caso) de los Residenciales N3 tendrán una bonificación del 55,94% sobre el precio definido para el Segmento N1. Por el consumo excedente se aplicará el valor definido para el Residencial N1.
En ambos casos, implican incrementos en las tarifas, respecto de los valores tarifarios vigentes al 31 de mayo del corriente año, que serán informadas y autorizadas para su aplicación, oportunamente, por el ERSeP.
La nota en cuestión, con los informes sobre las nuevas medidas y el impacto en los cuadros tarifarios lleva la firma de Omar Marro y Luis Castillo, presidentes de FACE Córdoba y Fecescor, respectivamente.